Situación de los derechos humanos de los pueblos indígenas a partir del informe de la CIDH
La visita in loco de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en marzo de 2023, permitió presentar las diversas problemáticas que enfrentan los pueblos indígenas en sus territorios. A partir de la voz de líderes indígenas y de la sociedad civil, el principal órgano de la Organización de Estados Americanos (OEA) conoció sobre las amenazas y presiones a las que están expuestos sus modos y medios de vida, así como las limitaciones en el ejercicio de sus derechos, particularmente el de libre determinación y el de consulta previa libre e informada. Considerando la complejidad de la situación del país en materia de derechos humanos, la CIDH emitió un conjunto de recomendaciones al Estado boliviano que se encuentran reflejadas en el informe “Cohesión social: el desafío para la consolidación de la Democracia en Bolivia”. A continuación, presentamos las principales en materia de derechos de los pueblos indígenas.
El informe destaca la preocupación de la Comisión por la contaminación minera en los territorios indígenas, subrayando la vulneración de los derechos a la salud y a un ambiente sano. Asimismo, señala que las actividades extractivas han generado “impactos ambientales y en la salud humana, como consecuencia del uso de mercurio en la minería aurífera”, lo cual evidencia una “falta de control estatal” que se manifiesta en “altos niveles de metal en el cuerpo de mujeres, niñas, niños y adolescentes indígenas, así como contaminación en sus territorios”.
El año 2021, esta problemática se puso en evidencia en un estudio realizado conjuntamente entre la Central Indígena de la Región Amazónica de Bolivia (CIRABO) y el Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social (CEJIS), que identificó un importante número de balsas en el río Madre de Dios que operaban de forma ilegal en un área no permitida, utilizando mercurio sin control alguno. La problemática adquiere mayor relevancia luego de una serie de estudios citados por el informe, entre los que destaca el realizado por la Central de Pueblos Indígenas de La Paz (CPILAP) que evidencia el grado de impacto a pueblos indígenas de contacto reciente y alta vulnerabilidad como el ese ejja.
El documento también refleja la preocupación de las organizaciones indígenas por la dependencia excesiva del extractivismo sobre el cual se asienta la economía boliviana, y que ha llevado a la “expansión de la frontera agrícola y a la sustitución de selvas por cultivos”, una política responsable de mayores presiones sobre los territorios indígenas. En ese sentido, la Comisión insta al Estado boliviano a “cumplir su rol de garante e implementar mecanismos efectivos de supervisión y fiscalización sobre los proyectos de explotación que representen serios riesgos para la salud humana y el medio ambiente”, una tarea que debe ser asumida fundamentalmente apostando por un fortalecimiento a las instituciones llamadas a regular el uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y no renovables, así como las garantías de acceso a la justicia en caso de vulneración de los derechos.
Por otro lado, la Comisión expresó su preocupación por el derecho a la consulta previa debido a la “falta de una ley regulatoria de los procedimientos de consulta”. En ese sentido, la Comisión recomienda al Estado “garantizar la consulta y el consentimiento previo, libre e informado en todos los casos de posibles afectaciones a los derechos de los pueblos indígenas, originarios, campesinos y afrobolivianos para hacer efectivo su derecho a la libre determinación”. El retroceso en el país en esta materia requiere una atención integral, dado que, luego de la promulgación de una serie de leyes como la Ley 535 de Minería o los reglamentos en materia hidrocarburífera, la consulta previa se convirtió en un trámite administrativo.
Con relación a los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial, el informe reconoce los avances en materia constitucional. Sin embargo, pone de manifiesto la violación que sufren los pueblos en alta vulnerabilidad, como el pueblo t’simane que denunció la falta de reconocimiento a su organización: el Subconsejo del sector Yacuma, al que se le ha negado su personalidad jurídica y con ello se ha vulnerado su derecho a estar representados por sus estructuras propias. Esta situación deja en mayores riesgos a estos pueblos debido a los “desafíos de acceso a los territorios; intensificación de actividades extractivas; extensión de licencias de aprovechamiento forestal a terceros en sus territorios y la ampliación de la frontera agrícola”. En tal sentido, la CIDH hace un llamado al Estado para “fortalecer todas las medidas legislativas o administrativas” en aras de proteger y garantizar los derechos de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial sobre sus tierras y territorios ancestrales. Un reto que el Estado boliviano debe priorizar dado el inminente cierre del proceso de titulación y saneamiento de tierras en el país en el que no se considera la compleja situación de estas poblaciones.
En cuanto a las autonomías indígenas, el informe refiere que, a pesar de los avances para el reconocimiento de la libre determinación, se han registrado dificultades en la consolidación del proceso autonómico debido a los excesivos requisitos administrativos que no son propios de los procedimientos indígenas, “como el referendo (requisito derogado por modificación legal el 2019)”, y que impiden u obstaculizan dicha consolidación. La Comisión recomienda a Bolivia asegurar que los procedimientos establecidos por la norma para el reconocimiento y funcionamiento de las estructuras autonómicas sean ágiles, sencillos y eficaces, además de la urgente necesidad de evaluar y proceder a cambios o adaptaciones de la normativa con la finalidad de garantizar la constitución de las autonomías indígenas para que “no sean obstaculizadas por deficiencias burocráticas”. En esa misma línea se recomienda que el Estado debe “abstenerse de exigir requisitos formalistas para el reconocimiento de la personería jurídica de los pueblos como condición para el ejercicio de sus derechos”. El cumplimiento de esta recomendación es imperativo para que los más de 30 procesos de acceso a la autonomía indígena, que se encuentran cumpliendo uno de los requisitos establecidos en la norma, puedan lograr el tan ansiado ejercicio de su autonomía. En este punto, resalta la obligación que tienen las instituciones del Estado boliviano para atender la demanda de la Nación Monkoxi de Lomerío por acceso a la autonomía que en la actualidad se encuentra paralizada por la falta de voluntad política e incumplimiento de deberes del Órgano Electoral Plurinacional.
Por otro lado, con respecto a la jurisdicción indígena originaria campesina (JIOC), la CIDH mencionó los desafíos que enfrenta dicha jurisdicción debido a las limitaciones establecidas por la Ley de Deslinde Jurisdiccional y la falta de cooperación con los órganos estatales. Por esta razón, recomienda que el Estado garantice la coordinación y cooperación entre las jurisdicciones, “tomando en cuenta las normas y procedimientos propios de la jurisdicción indígena originario campesino, así como sus necesidades de infraestructura y logística”.
En materia de participación política en instancias de decisión estatal, el informe resalta que, a pesar de los avances, la falta de participación directa de los pueblos indígenas en estos espacios aplicando sus procedimientos propios aún es un tema pendiente para el ejercicio de los derechos políticos.
En síntesis, el informe de la CIDH demuestra los desafíos que atraviesan los pueblos indígenas en Bolivia para la pervivencia de sus prácticas y formas de vida en sus territorios. Al mismo tiempo, resalta la situación cada vez más compleja para el ejercicio integral de sus derechos individuales y colectivos. Por esta razón, es crucial que el Estado Plurinacional asuma su papel de garante y cumpla con la carta de derechos establecida en la Constitución Política de 2009 y en el bloque de constitucionalidad, por lo que es imprescindible la implementación de las medidas jurídicas y políticas necesarias para reafirmar la vigencia del Estado constitucional de derecho.
Finalmente, hay que recordar que la defensa y promoción de los derechos humanos en general, y de los pueblos indígenas en particular, demanda una participación activa de la sociedad civil, por lo que es necesario reconocer y garantizar el derecho a defender derechos, fundamentalmente los derechos territoriales y ambientales que encuentran un nuevo marco de protección en la ratificación del Acuerdo de Escazú. Asimismo, es clave que el Estado Plurinacional reconozca la necesidad de contar con la presencia de organismos internacionales en materia de derechos humanos como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Esto permitiría una veeduría permanente que considere la progresividad en el ejercicio de los derechos y haga más efectiva la labor de la CIDH y de otras entidades del sistema universal de derechos humanos.