Autoridades indígenas y representantes de la Cámara de Diputados abordarán la situación del ejercicio del derecho a la consulta previa

Las y los representantes de la Central Indígena de Comunidades Originarias de Lomerío (CICOL), el Territorio Indígena de Monte Verde, ambas de Santa Cruz, y el Territorio Indígena Multiétnico I (TIM I) y la Central de Comunidades Indígenas Tacana II Río Madre de Dios (CITRMD), se reunirán este jueves en Santa Cruz de la Sierra con representantes de la Comisión de Pueblos Indígenas de la Cámara de Diputados, para intercambiar sus experiencias en la construcción de las normas territoriales que desarrollaron para ejercer su derecho a la consulta previa, libre e informada.
El encuentro será en el centro de eventos Casa Kolping, en Santa Cruz de la Sierra, a partir de las 9:00. Las cuatro organizaciones indígenas de Beni, Santa Cruz y el Norte de La Paz trabajaron en instrumentos normativos que les permita ejercer su derecho a la consulta previa, libre e informada, de acuerdo a sus normas, procedimientos y características propias de cada pueblo.
La consulta previa, libre e informada es uno de los derechos fundamentales reconocidos a los pueblos indígenas en la Constitución Política del Estado de Bolivia y en el marco normativo internacional. Este derecho, establece que el Estado tiene la obligación de consultar a los pueblos indígenas sobre las medidas legislativas, administrativas o proyectos de infraestructura que se ejecuten y sean susceptibles de afectarles. La consulta se debe realizar de forma previa, respondiendo al principio de buena fe, con acceso a información, de forma pública y respetando las instituciones propias de los pueblos indígenas.
Las cuatro organizaciones indígenas comenzaron en 2021 un proceso de reflexión al interior de sus comunidades sobre el estado del ejercicio de su derecho a la consulta previa. Estas reuniones sirvieron, además, para asumir decisiones sobre el cómo mejorar o, en su defecto, comenzar a ejercer este derecho en sus comunidades.
“(El protocolo) es para que ellos (los comunarios) estén preparados cuando un operador minero venga a querer negociar con artimañas que ellos ya tienen establecidas, de engañar con falsos discursos a las autoridades y comunarios, convenciéndolos con aportes de migajas que no contribuyen nada, pero al final el daño ambiental es severo y, más bien, va a generar problemas de orden económico, social y cultural en nuestras comunidades”, expresó la autoridad *(no se señala el nombre de la autoridad)* al Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas de Bolivia (ODPIB), dependiente del Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social (CEJIS).
“Incluso los que hacen la carretera. Por ejemplo, nuestra instancia máxima (del territorio) es la organización donde ellos (el Estado) debe acudir y solicitar una reunión para ver qué tipo de trabajo se puede realizar en el territorio. No han entrado a una consulta a la subcentral y comunidades del territorio, y vemos nomás que seguimos siendo atropellados. Con esta herramienta, que es la ley de la consulta previa, se va a poner un candado para la gente de afuera y esa consulta tiene que ser entre todas las comunidades del territorio”, mencionó por su lado el secretario de recursos naturales y medio ambiente del TIM I, Florencio Choque Rocha.